Envases compostables del PPWR
El artículo 9, apartado 1, exige, para una lista corta y precisa de formatos, compostabilidad en condiciones industriales desde el 12 de febrero de 2028: bolsitas permeables de té, café y bebidas, unidades blandas monodosis y etiquetas adhesivas en frutas y hortalizas.
La fecha es fija; la norma que hay detrás no lo es. Las solicitudes de normalización de la Comisión a los organismos europeos para compostabilidad industrial y doméstica vencían el 12 de febrero de 2026. Cuando un Estado miembro exige además compostabilidad doméstica, esta se añade: una variación nacional sobre una obligación europea. Todo lo que quede fuera de esta lista estrecha, incluidos los envases de polímeros biodegradables, ha de diseñarse en la misma fecha para el reciclado material conforme al artículo 6.
