Operador descendente
Introduce en el mercado un producto ya cubierto por diligencia aguas arriba — conserva el número de referencia, se registra si no es PYME, y debe actuar si tiene conocimiento de una preocupación fundamentada.
Qué significa
Un operador descendente introduce en el mercado un producto que ya contiene, o se fabricó a partir de, mercancías sobre las que ya se realizó la diligencia debida. Tras la modificación de 2025, ese papel no vuelve a presentar una declaración para las mismas mercancías.
En el reglamento
La obligación es recoger y conservar el número de referencia aguas arriba y poder producirlo. Los operadores descendentes que no son PYME deben registrarse en el Sistema de Información. La confianza de buena fe en un operador aguas arriba termina si usted toma conocimiento de una preocupación fundamentada — debe actuar en lugar de seguir pasando las mercancías sin más.
Cómo lo trata ERWAY
Los flujos descendentes de ERWAY enfatizan la recepción de declaraciones, la validación de referencias y los paquetes de proceso compartibles — no una segunda campaña completa de geolocalización de parcelas ya presentadas aguas arriba.
Términos relacionados
- Roles y obligaciones
Operador
La persona que introduce por primera vez un producto pertinente en el mercado de la UE, o lo exporta — y que presenta la declaración de diligencia debida para esa introducción.
- Roles y obligaciones
Comerciante
Pone a disposición un producto pertinente sin introducirlo por primera vez — conserva el número de referencia; los comerciantes que no son PYME deben registrarse en el Sistema de Información.
- Riesgo y clasificaciónRiesgo alto (país)
Preocupación fundamentada
Una reclamación debidamente razonada basada en información objetiva y verificable — reabre la diligencia debida plena para las mercancías afectadas y puede terminar la simplificación del artículo 13.
- Presentación y sanción
Declaración de diligencia debida
La presentación con la que el operador que introduce por primera vez declara formalmente que se realizó la diligencia debida y que el riesgo es negligible — exigida en todos los niveles de riesgo del país.
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