Preocupación fundamentada
También conocido como: Article 31
Una reclamación debidamente razonada basada en información objetiva y verificable — reabre la diligencia debida plena para las mercancías afectadas y puede terminar la simplificación del artículo 13.
Qué significa
Una preocupación fundamentada no es un rumor. En el encuadre de la Comisión es una reclamación debidamente razonada basada en información objetiva y verificable — de una ONG, una autoridad competente, un periodista, un denunciante o su propio seguimiento.
En el reglamento
Bajo el artículo 31, cualquier persona física o jurídica puede presentar una preocupación fundamentada ante una autoridad competente o ante el operador. Cuando llega al operador, se espera que este informe a la autoridad y de cualquier mitigación tomada. Una vez existe una para el abastecimiento de riesgo bajo, la diligencia debida simplificada se cierra y se reanudan plenamente los artículos 10 y 11 para las mercancías afectadas.
Los operadores descendentes que toman conocimiento de una preocupación fundamentada deben actuar más que confiar de buena fe solo en la declaración aguas arriba.
Cómo lo trata ERWAY
La matriz de obligaciones y los artículos de evaluación del riesgo en este sitio tratan las preocupaciones fundamentadas como un cambio de escalón para los programas de riesgo bajo y como una vía independiente a un control fuera de los umbrales de muestreo del 1 %/3 %/9 %.
Términos relacionados
- Riesgo y clasificación
Diligencia debida simplificada
Vía del artículo 13 que desactiva la evaluación del riesgo y la mitigación cuando cada parcela es de riesgo bajo y los riesgos de mezcla/elusión son negligible — nunca desactiva la geolocalización, la DDS ni el artículo 12.
- Riesgo y clasificaciónRiesgo bajo (país)
Riesgo bajo
Nivel de clasificación de países que cubre unos 140 países: la geolocalización del artículo 9 y la DDS siguen aplicando; los artículos 10 y 11 pueden omitirse solo bajo las condiciones del artículo 13; las autoridades controlan al menos el 1 % de los operadores.
- Roles y obligaciones
Operador descendente
Introduce en el mercado un producto ya cubierto por diligencia aguas arriba — conserva el número de referencia, se registra si no es PYME, y debe actuar si tiene conocimiento de una preocupación fundamentada.
- Presentación y sanción
Autoridad competente
La autoridad nacional que comprueba a los operadores, puede ordenar medidas provisionales y aplicar las sanciones del artículo 25 — con tasas mínimas de control del 1 % / 3 % / 9 % según el nivel de riesgo del país.
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